El Uso de los Tiempos Verbales
La riqueza de la conjugación de los verbos españoles permite
el uso del modo y el tiempo apropiados en cada caso.
Así,
dentro del modo indicativo interesa señalar la diferencia entre el pretérito
perfecto compuesto (antes pretérito perfecto), el pretérito perfecto simple
(antes pretérito indefinido) y el pretérito pluscuamperfecto y el pretérito
anterior, por ser los más usuales en la redacción de fallos. Su uso equivocado puede llevar a confusiones
en el contenido del texto.
El
pretérito perfecto compuesto, indica una acción reciente o correspondiente a un
tiempo que aún no ha terminado. Por ejemplo: El demandado ha promovido
incidente de nulidad (lo ha promovido recientemente o el incidente no está
todavía resuelto). La cosecha de soja de
este año ha sido fabulosa.
El
pretérito perfecto simple indica, una acción pasada y definitivamente
concluida. Por ejemplo: El juez rechazó el incidente de nulidad que había
promovido el actor. La Cámara
de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado
la demanda.
El
pretérito anterior -casi en desuso en el idioma actual-, indica también una
acción pasada anterior a otra pasada, pero puede utilizarse para referirse a
una acción pasada, anterior a otras dos: La Cámara de Apelaciones confirmó la
resolución de primera instancia que había admitido el incidente de nulidad
promovido por el demandado apenas hubo tenido noticia de la existencia del
proceso.
Esa
variedad permite eliminar el recargo de sucesivos verbos en pretérito perfecto
simple y la consiguiente cacofonía de reiteradas terminaciones en ‘ó” en
expresiones como la siguiente: El superior tribunal de la provincia confirmó la
sentencia de la Cámara de Apelaciones que revocó la de primera instancia que
admitió la demanda. En tal caso, podría decirse con ventaja: El superior
tribunal de la provincia confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones
revocatoria de la de primera instancia, que, a su vez, había admitido la
demanda
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